Hay un tipo de susto moderno que no hace ruido: el de enterarte tarde.
No es que te roben el patinete. Es que, de repente, te das cuenta de que ha cambiado una regla… y tú sigues igual que siempre.
Pues ojo: el 26 de enero de 2026 es una fecha clave porque finaliza un periodo transitorio y entra en juego una nueva exigencia relacionada con el aseguramiento de determinados VMP (vehículos de movilidad personal).

Lo esencial en 15 segundos
- Desde el 26 de enero de 2026, algunos VMP deberán tener seguro obligatorio.
- No es “para todos”: depende de peso y velocidad máxima.
- El aviso se enmarca en la Ley 5/2025, de 24 de julio, que modifica la legislación sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Qué cambia a partir del 26 de enero
Según lo comunicado por la DGT, deberán contar obligatoriamente con un seguro los vehículos de movilidad personal que cumplan estas dos condiciones a la vez:
- Peso superior a 25 kg, y
- Velocidad máxima superior a 14 km/h.
Y detalle importante: esta obligación aplica incluso aunque todavía no exista un registro específico plenamente operativo para estos vehículos.
La parte polémica: ¿y el registro de VMP?
Aquí es donde mucha gente se lía (y donde nacen los “bulos de bar”):
La DGT ha explicado que el desarrollo técnico del registro ya está terminado, pero que el Real Decreto que debe darle cobertura jurídica sigue en tramitación. El Consejo de Ministros acordó el 18 de noviembre de 2025 su tramitación por urgencia, pero Tráfico reconoce que no ha sido posible aprobarlo a tiempo, por lo que la obligación general de inscripción queda aplazada.
Traducción humana: puede haber obligaciones que entren (seguro en ciertos casos) aunque el “ecosistema completo” (registro y requisitos vinculados) no esté desplegado al 100%.
¿Y esto cómo afecta a tu día a día?
Aquí viene el “punto picante”:
la regulación no solo cambia papeles, cambia sensaciones. Si tu patinete es potente/pesado, el “placer” de moverte rápido y cómodo puede pasar a convertirse en:
“¿Me van a pedir algo que no llevo?”
Pero, y esto es importante: no significa que se acabe el disfrute. Significa que el disfrute pasa a depender más de:
- estabilidad,
- seguridad,
- calidad de frenada,
- y hacer las cosas con cabeza (sin improvisar a última hora).
Qué hacer hoy (sin paranoia)
- Mira el peso real de tu patinete (manual o ficha del fabricante; si dudas, pésalo).
- Revisa la velocidad máxima declarada por el fabricante.
- Si cumples >25 kg y >14 km/h, empieza a moverte para tener seguro antes del 26 de enero.
- Guarda el justificante (PDF) en el móvil.
Extra: ojo con la certificación VMP (2024 → 2027)
La DGT recuerda también otro punto que muchos olvidan:
- Los VMP comercializados desde 2024 deben contar con certificado.
- Los vendidos hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular sin certificado hasta el 22 de enero de 2027.
- A partir de entonces, solo podrán circular los que cumplan el manual y tengan número de certificado VMP.
Además, el Reglamento General de Vehículos define el VMP como vehículo eléctrico de una o más ruedas, de una sola plaza y con velocidad máxima por diseño entre 6 y 25 km/h.
Cierre
No te voy a decir “que viene el lobo”.
Te digo algo mejor: si tu patinete entra en el supuesto de peso/velocidad, prepárate ahora y te quitas el estrés. Y si no entra, perfecto: usa esta noticia como recordatorio de que el sector se está profesionalizando.
Si quieres, en el próximo post te hago una guía práctica: “Cómo saber si tu patinete te va a durar hasta 2027 sin sustos” (sin tecnicismos y con checklist).
Fuente: El Confidencial (14/01/2026).